Cinco tendencias emprendedoras que muy pronto serán reguladas en España
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Hay dos frases que, de manera recurrente, suelen repetirse entre emprendedores, inversores y empleados de startups:
- Los reguladores siempre van por detrás de la tecnología
- Ante las innovaciones tecnológicas, los políticos se obsesionan con poner trabas y regulaciones
Sean o no verdad estas afirmaciones, lo cierto es que hay ciertas tecnologías que actualmente están siendo evaluadas y reguladas en casi todo el mundo. Y España ha ido con un año de retraso por la falta de Gobierno, pero ya no hay excusas: estas son las cinco tecnologías que, en la próxima legislatura, serán reguladas o sufrirán cambios en su funcionamiento:
1.- MARKETPLACES DE APARTAMENTOS
Seguramente el tema más de actualidad y, de lejos, uno de los más confusos. Y es que Airbnb, Homeaway y las demás plataformas de alquiler de apartamentos turísticos llevan años de tensión en torno a este tema.
La patata más caliente se sitúa ahora mismo en Cataluña, que se ha mostrado especialmente activa ante la proliferación de este tipo de apartamentos y las webs que los anuncian. La lucha contra estas webs se libra desde dos fuertes, ya que no sólo la Generalitat se encuentra en plenos procesos legales, sino que el ayuntamiento de Barcelona también se ha mostrado radicalmente en contra de que las webs anuncien pisos ilegales.
Sin embargo, la cosa no está –ni mucho menos– tan clara. Porque tanto la Generalitat de Cataluña como el ayuntamiento de Barcelona están poniendo coto a empresas como airbnb, pero la justicia no tiene tan claro este asunto. El mejor ejemplo es el de una reciente sentencia que prohíbe a la Generalitat calificar de “ilegal” a airbnb.
Y ese es el titular, pero el contenido es bastante más complejo. Airbnb acudía al juicio alegando ser un mero intermediario tecnológico que ni pincha ni corta, mientras que la Generalitat aseguraba que este tipo de webs actúan como agencias turísticas puras y duras. ¿El veredicto del juez? A mitad de camino: según el magistrado, airbnb no es un mero marketplace, ya que cobra una comisión por sus servicios, pero tampoco puede considerarse que esté a la altura de una agencia turística.
Sin embargo, hay un punto aún más importante: el juez ve difícil que airbnb pueda ser multada ahora ni en el futuro, ya que su conducta ni siquiera está tipificada. Es decir, que su servicio, a día de hoy, sería más alegal que legal o ilegal. Y eso genera un problema… y una puerta abierta a la regulación.
Barcelona ha sido la ciudad española más activa en este sentido, pero pronto sumará una nueva compañera: Madrid ya multó el pasado verano a más de 150 apartamentos ilegales, y en marzo de este 2017 comenzará una actuación muy similar a la de Barcelona.
Tras estos conflictos subyace el mismo problema: la falta de regulación, que acaba creando más confusión que otra cosa. Y dicha regulación llegará más pronto que tarde.
2.- COCHES CON CHÓFER Y COMPARTIDOS
Parecía que a finales de 2016 habría llegado una de las sentencias más esperadas en el ámbito de la economía colaborativa, pero no ha sido así y tocará seguir esperando.
Y la pregunta sigue en el aire: ¿es Blablacar legal o ilegal? Lo sabremos en los próximos meses (seguramente enero o febrero) y, aunque es evidente que el perdedor recurrirá el dictamen judicial, lo cierto es que la sentencia que se emita creará un precedente más que notable en el ámbito del coche compartido. Porque en España esto no afectará sólo a Blablacar: también habrá que ver qué pasa con Amovens, sobre todo si la startup española se decide finalmente a cobrar comisión por sus servicios.
En el sector del coche con chófer la cosa parece más calmada, sobre todo desde que Uber renunció a defender su servicio UberPOP y decidió lanzarse en Madrid con Uber X y sus coches con licencia VTC, de la que carecían cuando aparecieron en España.
Sin embargo, Cabify, al igual que Blablacar, también está pendiente de una sentencia judicial que deberá estimar si sus servicios hacen competencia desleal a los taxistas. La petición del cierre preventivo se saldó a su favor (igual que con Blablacar), pero habrá que conocer la sentencia. Sobre todo porque, al contrario que airbnb, Cabify sí se define a sí misma como una agencia de viajes. Diga lo que diga la sentencia, es evidente que en estos cuatro años llegará la legislación que dictamine bajo qué epígrafes tienen que moverse este tipo de empresas.
3.- EMPLEOS ‘UBERIZADOS’
Es la otra consecuencia de la economía colaborativa: la de los empleos ‘uberizados’, entendiendo como tal a los pequeños profesionales que se sacan un mayor o menor sobresueldo llevando a gente en coche, realizando encargos, haciendo pequeñas chapuzas o transportando cualquier tipo de mercancía ligera de manera ocasional.
La pregunta sigue en el aire: ¿deben cotizar estas personas por el dinero que ganan en esos servicios? Y si deben hacerlo, ¿bajo qué régimen? ¿Deben ser autónomos? ¿Incluso en el caso de que apenas ganen un mínimo dinero que esté muy por debajo de la cuota mínima de autónomos?
Lo cierto es que el cierre de Uber trajo una ligera tranquilidad (quizá por miedo) al sector: la propia Uber ya cuenta con conductores autónomos, y Cabify contó con ellos desde el principio. Sin embargo, no cabe duda de que, antes o después, en España se planteará el mismo debate que ya ha habido en Estados Unidos: ¿son los conductores de estas plataformas verdaderamente autónomos? ¿O en realidad son puros empleados de Uber y Cabify y se les obliga a ser autónomos?
Además, aún está por decidir cómo tendrán que cotizar sus ingresos, por ejemplo, las personas que puedan sacarse 50 ó 100 euros mensuales haciendo pequeñas chapuzas en casas ajenas o realizando pequeños encargos. No lo tendrá fácil el gobierno: si se da vía libre, habrá economía sumergida; si se sobrerregula, muchos puede que incluso pierdan dinero. La regulación llegará más pronto que tarde… y muchas startups dependen de ello.
4.- CROWDFUNDING
Por su volumen económico fue una de las tendencias tecnológicas que más miedo provocó en el Gobierno. El equity crowdfunding (financiación de una ronda de inversión en una compañía a través de crowdfunding) y el crowdlending (préstamos entre particulares) pilló al equipo de Mariano Rajoy descolocado, pero sabiendo que debía actuar cuanto antes para evitar polémicas y, sobre todo, para que los pequeños inversores que acudieran a estas webs tuvieran las máximas garantías.
El equity crowdfunding empezó con mal pie, con unos límites de inversión y recaudación que no parecían estar demasiado adecuados a la realidad del mercado. Sin embargo, los límites acabaron ampliándose.
El crowdlending sufrió menos sobresaltos y fue instado a la regulación y supervisión por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que debe emitir los permisos correspondientes para ejercer esta práctica. A día de hoy, 12 compañías cuentan con tales permisos.
Sin embargo, estos dos sectores fueron víctimas de la improvisación, como el propio Gobierno reconoció (sobre todo en el equity crowdfunding) al implantar soluciones que eran meros parches temporales. Con el asentamiento de la legislatura llegarán las primeras modificaciones en la regulación. Entre otras cosas, porque el Gobierno tiene a su mayor enemigo, la CNMC, en casa.
5.- DRONES
Si te gustan los drones, para empezar, permítenos esta libertad: deberías seguir en Twitter a Pablo Ventura, empleado del fondo K Fund, ya que suele colgar las grabaciones que hace con su dron. Pero además de eso, si te apasionan los drones ya sabrás que la legislación en España, que data de julio de 2014, no parece muy avanzada que digamos.
Para que te hagas una idea: no puedes volar en cualquier sitio, necesitas un permiso y la altura es limitada [puedes resolver aquí tus dudas]. ¿Resultado? Prácticamente nadie respeta esta ley. Y es evidente que, en estos casos, una ley que nadie cumple acaba siendo cambiada o, como poco, actualizada. Y eso es lo que pasará con los drones.
Imagen: Glovo.